SECCIÓN ESPECIAL - UNIVERSIDAD PANAMERICANA

Preguntas frecuentes
 

He abierto una cafetería. ¿Es obligatorio registrar mi marca?

No. La Ley de la Propiedad Industrial no obliga a los industriales o comerciantes a registrar la marca con la que se promocionan o anuncian ante el público consumidor. Sin embargo, el mismo ordenamiento señala que si usted desea tener la exclusividad de su marca, debe realizar los trámites de registro de la misma. En ese sentido aconsejamos que realice la inscripción de su signo distintivo.

¿Qué debo hacer para convertir mi negocio en una Franquicia?

No todos los negocios reúnen las características necesarias para crear una Franquicia. En este sentido, es necesario realizar todo un estudio de los procedimientos administrativos, operativos y comerciales, a efecto de verificar si su negocio realmente es franquiciable. Lo invito a leer nuestro próximo número, donde hablaremos más a fondo sobre la franquicia.

Tengo una idea muy buena para mejorar la vialidad de la ciudad, pero quisiera patentarla antes de presentarla al Ayuntamiento ¿Qué debo hacer?

Las ideas no son patentables por sí mismas. En este sentido, si su proyecto se puede plasmar en un objeto físico, deberá hacer el prototipo del mismo, a efecto de obtener su patente. No obstante lo anterior, le recomendaría de cualquier modo, hacer un contrato de confidencialidad antes de exponer su desarrollo ante cualquier tercero.

¿Qué es un secreto industrial y como lo puedo proteger?

Es toda información que guarda una persona física o moral, que le representa una ventaja competitiva, y sobre la que ha adoptado los medios necesarios para preservar esa confidencialidad. Se protege a través de contratos de confidencialidad.