· Año 10 · Número 110 · Febrero 2004 ·
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L.A.M. Eduardo Anaya Sanromán
Master en Negocios Internacionales Digitales
por la Universidad Pompeu Fabra de Barcelona

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Esta ley impacta especialmente a los productores y exportadores de alimentos a Estados Unidos, la cual entró en vigor el 12 de diciembre de 2003.

El 12 de diciembre de 2003 entró en vigor la nueva ley contra el Bioterrorismo en los Estados Unidos. Esta legislación impone dos nuevas reglas a nuestros productores y exportadores de alimentos básicamente: El registro ante la FDA y el aviso previo de exportación. Estas disposiciones tienen como objetivo primordial mantener la seguridad en los alimentos que se consumen en Estados Unidos sin inhibir el comercio nacional e internacional.

Aunque la nueva legislación se implementó en dicha fecha, habrá un periodo prudencial de gracia de cuatro meses acordado por la FDA, la OMC, y el Tratado de Libre Comercio, en el que todas las empresas tienen que ponerse listas para seguir ingresando sus productos al vecino país del norte.

Mencionaremos aquí las generalidades de los dos nuevos requisitos para exportar:

1. Registro de las plantas exportadoras:

La nueva ley de Bioterrorismo exige que las instalaciones que fabrican, procesan, almacenan, o empacan alimentos se registren ante la FDA para garantizar la inocuidad y seguridad de los alimentos. El registro no tiene ningún costo.

Este registro tiene como finalidad que las autoridades y los exportadores puedan interactuar rápidamente en caso de emergencia.

Las empresas que ya estuvieran registradas en otra agencia del Gobierno de Estados Unidos deben volver a anotarse para proteger al público consumidor.

Se debe registrar cada planta que posee un grupo corporativo. También se deben inscribir los transportistas o intermediarios que manejan o realizan intercambio de productos alimenticios frontera a frontera.

Información para el registro:

Entre otros datos, estos son algunos de los que forman parte del registro: Nombre, dirección y teléfono de la planta; nombre, dirección y teléfono del propietario de la planta; nombre, dirección y teléfono de un agente aduanal de contacto que radique en los Estados Unidos y un teléfono de emergencia.

El agente aduanal es un enlace de comunicación importante entre la FDA y el propietario de la planta. Este agente extranjero puede realizar los trámites del registro de la planta si es autorizado por el propietario. Éste puede ser actualizado vía Internet o vía fax en caso de alguna modificación.

En caso de que la planta se venda, debe darse de baja el registro del antiguo propietario en un lapso máximo de 60 días y volver a dar de alta las instalaciones por parte del nuevo dueño antes de realizar cualquier operación de exportación. El formulario de registro 3537 lo puede encontrar en www.access.fda.gov.

Hasta la fecha se han inscrito por esta vía aproximadamente 15,000 empresas. Alrededor de 4,000 de éstas son latinoamericanas. En el sitio hay información de ayuda para el registro. Después de llenar el formulario y enviarlo llega al correo electrónico el número del registro inmediatamente. Cabe mencionar que toda la información es confidencial y está protegida por la FDA.

Existe un CD con la información de lo que usted necesita saber respecto de la Ley de Bioterrorismo mismo que puede encontrar en las oficinas comerciales o en las embajadas o consulados de Estados Unidos en nuestro país.

2. Aviso previo para exportar alimentos:

Este es un requisito según la Ley de Bioterrorismo de 2002 que exige que cualquier alimento que sea exportado a Estados Unidos tiene que ser avisado antes de ingresar a su territorio. Aunque ya hay reglas similares, esta norma es adicional y tiene como finalidad el poder tomar decisiones rápidas antes de la revisión en la aduana para poder lidiar con cualquier producto sospechoso oportunamente.

Ciertos Alimentos sujetos a AVISO PREVIO según la Ley de alimentos, medicamentos y cosméticos son:

- Muestras comerciales o regalos.
- Alimentos enviados por correo (Carriers) para exportación futura.
- Suplementos dietéticos.
- Alimentos para animales.

Algunos que quedan excluidos son: Sustancias de contacto, alimentos para uso personal de un viajero y pesticidas.

Información que debe incluir el Aviso Previo:

Nombre, dirección y teléfono de la planta, su propietario y del transportista; tipo de aduana, identidad del producto, nombre común del producto, cantidad, comprador y número de registro, país, agente, puerto de entrada, fecha y hora de llegada, modo de transportación, etc.

Plazos para realizar el Aviso Previo:

- 2 horas antes si el producto va por tierra.
- 4 horas antes si el producto va por aire.
- 8 horas antes si el producto va por mar.

El aviso previo puede hacerse de forma electrónica a través del Sistema Comercial Automático (ACS) que avisa al agente aduanal, a través de Internet con una Interfaz automática para corredores (ABI), o si no funcionara ninguna de las anteriores entonces por correo electrónico o por fax.

Si el aviso previo no llega ante la instancia correspondiente, esta incorrecto o incompleto se puede denegar el acceso del alimento a Estados Unidos. En este caso el envío queda detenido. Se puede presentar el aviso previo corregido y rescatar el cargamento para que prosiga a su destino. El exportador paga el almacenamiento y las maniobras de lo confiscado.

Algunos ejemplos:

- En el supuesto de un cargamento de manzanas que va de México a Canadá vía terrestre se requiere de aviso previo por el transito, mas no se requiere de registro puesto que el producto no va a ser consumido por Estados Unidos.
- Si un mismo camión lleva dos productos (plátano y durazno) se requiere de un aviso previo por cada tipo de producto.
- Si tres productores de mango procesado envían su mercancía en el mismo camión debe haber entonces tres avisos previos.

Es importante recordar que la FDA va a dar un periodo de gracia de cuatro meses, y a partir de este lapso entraran fuertes sanciones a quienes no se hayan registrado o quienes no realicen al aviso previo adecuadamente.

Hay un programa de Capacitación en www.fda.gov en donde puede conocer más sobre la Ley de Bioterrorismo.

Le deseo lo mejor en sus exportaciones en este 2004.

 

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